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Nóminas de conductores de taxi, sin pelearte con los números

El conductor asalariado cobra un salario base garantizado y, si está pactado, un plus por lo que recauda. Juntar las dos cosas cada mes —turnos, porcentajes, festivos, descansos— es la parte que más tiempo roba al titular, y desde 2025 además cambió cómo se estructura. Así se ordena.

Lo que cambió en 2025, y por qué te afecta

El sistema clásico del taxi era el pacto de salario global: el conductor percibía un porcentaje de la recaudación bruta y eso era toda su retribución. El VIII Convenio estatal lo permitía (art. 34).

El IX Convenio colectivo nacional del sector de Auto-Taxis, publicado en el BOE el 18 de agosto de 2025 y vigente de 2024 a 2027, ya no recoge ese pacto: garantiza un salario base mínimo anual sea cual sea la fórmula de retribución (art. 37):
CategoríaBase mínimo anual 20252026 (+2,9 %)
Conductor17.500 €18.008 €
Conductor especializado19.500 €20.066 €
La actualización anual aplica el IPC real del año anterior con tope del 3 %. El IPC de 2025 fue del 2,9 %, y las tablas de 2026 se publicaron en el BOE por Resolución de 25 de febrero de 2026.

Lo contamos entero, con las implicaciones de contrato, en el convenio del taxi.

El porcentaje no desapareció: cambió de naturaleza

Este es el matiz que más se pierde, y el que de verdad afecta a la nómina. El porcentaje sigue permitido, pero como plus de producción y solo por acuerdo expreso entre empresa y trabajador en el contrato.
AntesAhora
Qué era el porcentajePodía ser la retribución completa: el «pacto de salario global» (VIII Convenio, art. 34)Un complemento: el plus de producción (art. 39)
Salario base garantizadoNo, con el salario global: mal mes, mal sueldoSí, sea cual sea la fórmula de pago (art. 37)
Cómo se pactaEn un convenio de ámbito inferior, como el provincial, o por acuerdo escritoPor pacto entre empresa y trabajador, en el contrato
Traducido a la nómina de cada mes: el conductor cobra su salario base y, encima, el plus que haya generado su recaudación. El plus no rellena el base ni se compara con él: se suma (art. 39 del IX). Por eso hay que saber exactamente cuánto ha generado el variable.

El resumen mensual: la pieza que falta siempre

Para montar la nómina —tú o tu gestoría— hace falta el mes cerrado por conductor:
  • Días trabajados y días de descanso, vacaciones o baja.
  • Recaudación total del conductor en el mes.
  • Su porcentaje aplicado turno a turno, no una estimación sobre el total.
  • El resultado del variable, que es lo que se suma al salario base.
Aplicar el porcentaje sobre el total del mes en vez de turno a turno parece equivalente y no lo es, en cuanto hay turnos con porcentajes distintos, cambios a mitad de mes o más de un conductor sobre el mismo vehículo.
Reconstruir todo esto desde una libreta o un Excel el día 30, con los turnos ya olvidados, es el clásico dolor de cabeza — y donde se cuelan los errores que luego hay que corregir en la nómina siguiente.

Cómo lo automatiza TAXIgest

Cada turno registrado —con su foto del ticket— ya lleva el porcentaje del conductor aplicado en el momento, así que a fin de mes no hay nada que reconstruir. El resumen mensual por conductor sale solo: turnos, recaudación, su parte y los gastos asociados.

Ese número es exactamente el plus de producción: lo que el porcentaje ha generado en el mes, listo para sumarlo al base en la nómina.

Aparte, en la ficha de nóminas oficiales se guardan los datos reales del salario —bruto, líquido, IRPF y cotizaciones— tal y como los emite tu gestoría. Tener las dos cosas separadas es justo lo que pide el modelo nuevo: el base por un lado y el variable por otro, que se suman.

El resumen se puede enviar por email al conductor y pasárselo a la gestoría. Y el calendario del mes marca descansos, vacaciones, bajas y averías, con aviso automático si un conductor acumula días sin registrar.
Cierre del mes del conductor: su parte, la producción día a día y los días de descanso
En la app El cierre del mes de un conductor: su parte, la producción de cada día y sus descansos. Captura de una cuenta de demostración.

Lo que TAXIgest no hace, y conviene tener claro

  • No calcula IRPF ni Seguridad Social. No hay retenciones ni bases de cotización.
  • No emite la nómina. El documento oficial lo hace tu gestoría, con su responsabilidad y su firma.
  • No interpreta el convenio por ti. Te da los números; qué categoría corresponde a cada conductor y cómo se redacta el contrato es cosa de tu asesoría.
Lo que hace es darte la base de cálculo correcta y comprobable, que es justo la parte que la gestoría no puede fabricar porque no estaba en el coche.

Señales de que toca dejar el Excel

No hay que automatizar por automatizar. Estas son las tres que suelen marcar el punto de ruptura:
  1. Más de un conductor, o doble turno sobre el mismo vehículo. Ahí el reparto turno a turno deja de poder hacerse de cabeza.
  2. Más de media hora al mes montando el resumen. Multiplícalo por doce y por el número de conductores.
  3. Alguna corrección en la nómina del mes siguiente. Es la señal de que el dato de origen no era fiable, y esa es la que cuesta dinero de verdad.
Si tienes una licencia y la conduces tú, nada de esto te aplica: no hay nómina que montar.

Aviso necesario

Esto es información orientativa para que sepas qué buscar y qué pedirle a tu gestoría, no asesoramiento laboral. Los convenios se interpretan, tienen disposiciones transitorias y conviven con convenios provinciales de forma que no siempre es evidente. Antes de modificar un contrato, consúltalo con tu gestoría o con tu asociación. El texto del convenio y las tablas de 2026 están enlazados abajo: son la fuente que manda.
Pruébalo con tu próximo turno

Una foto al ticket y el turno queda registrado, cuadrado y repartido. Prueba gratuita, sin tarjeta.

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Preguntas frecuentes

¿El porcentaje de recaudación va dentro de la nómina?

Sí. En asalariados, el plus de producción por recaudación se integra en la nómina junto al salario base que garantiza el convenio. El resumen mensual por conductor te da la parte variable calculada turno a turno, que es la base de cálculo que tu gestoría necesita.

¿Qué pasa si un mes el porcentaje da menos que el salario base?

No se comparan: el salario base se cobra siempre y el porcentaje pactado se suma encima como plus de producción (art. 39 del IX Convenio). Por eso hay que calcular el variable con exactitud todos los meses: es lo que se añade a la nómina.

¿TAXIgest genera la nómina oficial?

No. Genera el resumen mensual con turnos, recaudación y parte del conductor, y permite archivar las nóminas por conductor con sus cifras reales de bruto, líquido, IRPF y cotizaciones. El documento oficial lo emite tu gestoría a partir de esos datos.

¿Y los descansos y días sin actividad?

El calendario del mes marca descansos, vacaciones, bajas y averías, además de los días registrados y los pendientes de validar. Si un conductor acumula días sin registrar turnos, llega un aviso por email sin que tengas que ir a mirarlo.

¿Y si mi conductor es autónomo colaborador?

Entonces no hay nómina ni le aplica el convenio, que regula relaciones por cuenta ajena, y el reparto es el que hayáis pactado. Cuidado con esto: si la relación real tiene notas de laboralidad —horario impuesto, vehículo de la empresa, dependencia—, llamarla colaboración no la convierte en mercantil, y una inspección puede recalificarla con las cotizaciones de todo el periodo.

¿Existe la categoría de conductor especializado?

Sí, es nueva en el IX Convenio y cubre a quien además hace tareas complementarias, como labores administrativas o de mantenimiento. Tiene salario base más alto. Si tu conductor hace papeleo además de conducir, merece la pena revisarlo con tu gestoría.
Fuentes oficiales
  1. Resolución de 5 de agosto de 2025 por la que se registra y publica el IX Convenio colectivo nacional para el sector de Auto-Taxis (BOE) — consultado el 25 de septiembre de 2026
  2. Resolución de 25 de febrero de 2026 por la que se publican las tablas salariales para 2026 del Convenio nacional de Auto-Taxis (BOE) — consultado el 25 de septiembre de 2026
  3. VIII Convenio colectivo nacional del sector de Auto-Taxis (BOE, 2017): artículo 34, pacto de salario global — consultado el 25 de septiembre de 2026
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