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El convenio del taxi acabó con el cobro a porcentaje: qué cobra ahora tu conductor

Durante décadas, el conductor asalariado del taxi cobraba un porcentaje de lo que recaudaba y punto. El IX Convenio colectivo nacional del sector de Auto-Taxis terminó con ese sistema. Si tienes conductores, esto te cambia la nómina — y conviene entender qué se fue y qué se quedó.

Por José Civico · Publicado el 26 de julio de 2026 · Última actualización: 17 de agosto de 2026

Qué convenio es y desde cuándo manda

El IX Convenio colectivo nacional para el sector de Auto-Taxis se publicó en el BOE el 18 de agosto de 2025 (Resolución de 5 de agosto de 2025 de la Dirección General de Trabajo). Su vigencia va del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027: cuatro años.

Se aplica a las empresas privadas titulares de licencia de auto-taxi cuya actividad es el transporte urbano e interurbano en auto-taxi. Es decir: si tienes licencia y contratas conductores por cuenta ajena, te aplica.
¿Y mi convenio provincial? Conforme al criterio del Tribunal Supremo (sentencia de 20 de abril de 2022), cuando el convenio estatal regula una materia, lo suyo prevalece sobre lo que dijera el convenio provincial anterior. En lo que el estatal no regula, el provincial puede seguir aplicándose. En la práctica esto ha dejado sin efecto artículos de convenios provinciales — el de Barcelona es el caso más comentado.

Lo que desapareció: el salario global a porcentaje

El sistema clásico del taxi era el «pacto de salario global»: el conductor percibía un porcentaje de la recaudación bruta diaria y eso era su retribución. En algunos convenios provinciales estaba escrito con nombres y apellidos — Barcelona, por ejemplo, fijaba el 40 % sobre la recaudación bruta diaria una vez deducido el IVA.

El IX Convenio suprime ese artículo. La retribución del conductor asalariado ya no puede ser «el 40 % y nada más».

Lo que llegó: un salario base garantizado

En su lugar hay un salario base mínimo anual garantizado:
CategoríaSalario base mínimo anual (2024)2026 (+2,9 %)
Conductor17.500 €18.008 €
Conductor especializado19.500 €Ver tablas 2026
La categoría de conductor especializado es nueva y cubre a quien además hace tareas complementarias, como labores administrativas o de mantenimiento.

La actualización anual se calcula aplicando el IPC real del año anterior con tope del 3 %. El IPC real de 2025 fue del 2,9 %, así que las tablas de 2026 —publicadas en el BOE por Resolución de 25 de febrero de 2026— suben ese 2,9 %. Para las cuantías exactas de cada categoría y de los pluses, hay que ir a la tabla publicada: está enlazada al final.

Lo que sobrevivió: el porcentaje como plus de producción

Aquí está el matiz que se pierde en los titulares de prensa, y es el que de verdad te afecta.

El porcentaje no está prohibido. El convenio prevé que, por acuerdo expreso entre empresa y trabajador, pueda establecerse en el contrato un plus de producción consistente en percibir un porcentaje de la recaudación obtenida.

Lo que cambia es su naturaleza:
AntesAhora
Qué era el porcentajeLa retribución completaUn complemento
Suelo garantizadoNo: mal mes, mal sueldoSí: el salario base
Cómo se pactaPor costumbre del sectorAcuerdo expreso en contrato
Traducido a la práctica: si un mes flojo el porcentaje da menos que el salario base prorrateado, el conductor cobra el salario base. El porcentaje ya no puede ser el suelo, solo el techo variable.

Asalariado y autónomo colaborador no son lo mismo

La confusión más habitual, y la que más disgustos da: el convenio regula relaciones laborales por cuenta ajena. Si tu conductor es un autónomo colaborador o trabaja bajo otra fórmula mercantil, el convenio no le aplica y el reparto es el que hayáis pactado.

Eso no significa que cualquier fórmula valga. Si la relación real tiene las notas de laboralidad —horario impuesto, vehículo y herramientas de la empresa, dependencia, ajenidad en los frutos— llamarla «colaboración» no la convierte en mercantil, y una inspección puede recalificarla. Ahí el riesgo no es solo la diferencia de nómina: son las cotizaciones de todo el periodo.

Si tienes conductores asalariados, el marco es el convenio. Si tienes autónomos, revisa con tu gestoría que la relación aguanta lo que dice el contrato.

Cataluña y Barcelona: el caso donde más se nota

Si tienes la licencia en Barcelona, esto te afecta más que a nadie, y es el sitio desde donde más se pregunta — mucha gente lo busca todavía por el nombre del convenio provincial de auto-taxis y alquiler de vehículos con conductor, o directamente en catalán como conveni d'auto-taxis.

La razón es concreta: el convenio provincial de Barcelona era de los que tenían el porcentaje escrito con nombres y apellidos. Fijaba el 40 % sobre la recaudación bruta diaria una vez deducido el IVA, y eso era la retribución del conductor. Es exactamente el artículo que el IX Convenio estatal suprime.

Qué queda en pie, según el criterio del Tribunal Supremo de 20 de abril de 2022:
MateriaQué manda ahora
Estructura salarial y salario baseEl convenio estatal: lo regula, así que prevalece
El porcentaje como retribución únicaSuprimido. Solo cabe como plus de producción pactado
Materias que el estatal no regulaPuede seguir aplicándose lo provincial
No confundas dos cosas que en Barcelona suenan parecido. El convenio es laboral: regula qué cobra tu conductor. El AMB y el IMET son la administración del taxi metropolitano: regulan la licencia, el vehículo y la revisión metropolitana. No tienen nada que ver entre sí, y confundirlos lleva a buscar en la ventanilla equivocada.
Qué hacer si estás en esta situación: mira si tu contrato sigue redactado como «el 40 % de la recaudación» sin salario base, porque ese es el que hay que rehacer, y calcula qué cobraría tu conductor en un mes flojo para ver si ya estás por debajo del base prorrateado.

Lo que no puedo decirte aquí es en qué estado está hoy el articulado concreto del convenio provincial, ni qué partes siguen vivas en tu caso: eso depende de materias, de disposiciones transitorias y de cómo esté redactado tu contrato. Es justo la pregunta que hay que llevarle a la gestoría o a la asociación, y ahora ya sabes formularla.

Qué te toca revisar si tienes conductores

  1. Mira los contratos. ¿Alguno sigue redactado como «el X % de la recaudación» sin salario base? Ese es el que hay que rehacer.
  2. Comprueba el suelo. Con el porcentaje que aplicas hoy, ¿cuánto cobraría el conductor en un mes flojo? Si baja del base prorrateado, la diferencia la pones tú.
  3. Pon el plus por escrito. El convenio exige acuerdo expreso: si el porcentaje no está en el contrato, no es exigible como tal.
  4. Revisa la categoría. Si tu conductor hace además papeleo o mantenimiento, puede encajar en conductor especializado, que tiene base más alta.
  5. Habla con tu gestoría antes de tocar nada. Esto es un cambio de estructura salarial, no un ajuste de cifras.

Cómo encaja esto con lo que llevas en la app

El cambio de convenio no invalida el control de recaudación: lo hace más necesario, porque ahora hay dos piezas en vez de una y hay que poder compararlas.

En TAXIgest cada conductor tiene su porcentaje, y cada turno registrado calcula automáticamente su parte sobre la recaudación. Ese número es exactamente el plus de producción: lo que el porcentaje genera en el mes. Aparte, en la ficha de nóminas oficiales se guardan los datos reales del salario —bruto, líquido, IRPF y cotizaciones— tal y como los emite tu gestoría.

Tener las dos cosas separadas es justo lo que pide el modelo nuevo: el base por un lado, el variable por otro, y a fin de mes la comparación delante para saber cuál manda.
Para que no haya dudas: TAXIgest no calcula IRPF ni Seguridad Social y no emite nóminas. Calcula la parte de recaudación de cada conductor y guarda los documentos y las cifras oficiales que introduces. La nómina la hace tu gestoría.

Aviso necesario

Esto es información orientativa para que sepas qué buscar, no asesoramiento laboral. Los convenios se interpretan, tienen disposiciones transitorias y conviven con convenios provinciales de forma que no siempre es evidente. Antes de modificar un contrato, consúltalo con tu gestoría o con tu asociación.

El texto completo del convenio y las tablas de 2026 están enlazados abajo: son la fuente que manda.
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Preguntas frecuentes

¿Sigue siendo legal pagar a porcentaje en el taxi?

Como retribución única, no: el IX Convenio nacional suprimió el pacto de salario global a porcentaje para conductores asalariados. Como complemento sí: puede pactarse un plus de producción por porcentaje de la recaudación, siempre por acuerdo expreso en el contrato y por encima del salario base garantizado.

¿Cuál es el salario base de un conductor de taxi en 2026?

El salario base mínimo anual quedó fijado en 17.500 € desde 2024 (19.500 € para la categoría de conductor especializado). Las tablas de 2026, publicadas en el BOE por Resolución de 25 de febrero de 2026, aplican una subida del 2,9 %, lo que sitúa el mínimo en 18.008 €. Para las cuantías exactas por categoría y los pluses, consulta la tabla publicada.

¿Qué pasa si el porcentaje da menos que el salario base ese mes?

El conductor cobra el salario base. Ese es precisamente el efecto del cambio: el base es un suelo garantizado y el porcentaje solo puede sumar por encima, no sustituirlo.

¿Se aplica a mi conductor autónomo colaborador?

No. El convenio regula relaciones laborales por cuenta ajena. Ahora bien, si la relación real tiene notas de laboralidad —horario impuesto, dependencia, medios de la empresa— llamarla colaboración no la convierte en mercantil y puede recalificarse. Revísalo con tu gestoría.

¿Y mi convenio provincial, ya no vale?

Vale en lo que el convenio estatal no regule. Según el criterio del Tribunal Supremo (sentencia de 20 de abril de 2022), en las materias que sí regula el estatal, este prevalece sobre el provincial anterior. Eso ha dejado sin efecto artículos de varios convenios provinciales.

¿Cuándo vence este convenio?

El 31 de diciembre de 2027. Tiene vigencia de cuatro años desde el 1 de enero de 2024, con actualización salarial anual según el IPC real del año anterior y tope del 3 %.

¿Sigue vigente el convenio provincial de auto-taxis de Barcelona?

En parte. Según el criterio del Tribunal Supremo de 20 de abril de 2022, donde el convenio estatal regula una materia, prevalece lo estatal; donde no la regula, el provincial puede seguir aplicándose. Lo que sí ha decaído es el artículo del porcentaje como retribución única: el IX Convenio estatal lo suprime, y ese era precisamente el que fijaba el 40 % sobre la recaudación bruta diaria una vez deducido el IVA. Qué partes concretas siguen vivas en tu caso es una pregunta para tu gestoría.

¿El convenio tiene algo que ver con el AMB o el IMET?

No. Son planos distintos que en Barcelona se confunden constantemente. El convenio es laboral y regula qué cobra tu conductor asalariado. El AMB, a través del IMET, es la administración del taxi metropolitano: licencia, vehículo y revisión metropolitana. Un cambio de convenio no afecta a tu licencia, y una revisión metropolitana no afecta a la nómina.
Fuentes oficiales
  1. Resolución de 5 de agosto de 2025 por la que se registra y publica el IX Convenio colectivo nacional para el sector de Auto-Taxis (BOE) — consultado el 26 de julio de 2026
  2. Resolución de 25 de febrero de 2026 por la que se publican las tablas salariales para 2026 del Convenio nacional de Auto-Taxis (BOE) — consultado el 26 de julio de 2026
  3. Texto completo del IX Convenio colectivo nacional para el sector de Auto-Taxis (PDF, BOE núm. 198 de 18 de agosto de 2025) — consultado el 26 de julio de 2026
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