TAXIgest

El IVA del taxi no se calcula con lo que recaudas. Se calcula con dos números

Un mes flojo y otro bueno, y el IVA sale parecido. No es un error de tu gestor: en el régimen simplificado, la cuota del taxi se calcula con módulos —las personas que trabajan y los kilómetros que haces—, y lo que marca el taxímetro no entra en esa cuenta.

Por José Civico · Publicado el 10 de septiembre de 2026

La respuesta corta

Si estás en módulos, tu IVA sale de dos números: cuántas personas trabajan en la actividad y cuántos kilómetros recorres. Tu recaudación no aparece en la fórmula.

Eso tiene una consecuencia que a casi nadie le explican, y es la razón de esta página: lo único que puedes mover es lo que restas. Las facturas de tus gastos. Ahí, y solo ahí, se decide si pagas más o menos.

Los dos módulos del taxi, con las cifras de 2026

El taxi tributa en el epígrafe 721.2, «Transporte por autotaxis». Para 2026 la Orden HAC/1425/2025 le fija estos módulos en el régimen simplificado del IVA:
MóduloCuota devengada anual por unidad
Personal empleado (incluido el no asalariado)903,46 € por persona
Distancia recorrida8,78 € por cada 1.000 km
Súmalos y tienes la cuota devengada por operaciones corrientes: el punto de partida del año entero.

Dos avisos sobre el primer módulo. «Personal empleado» te incluye a ti si conduces: no es solo la gente que tienes contratada. Y el cómputo exacto cuando alguien entra a mitad de año, o no hace jornada completa, tiene sus reglas — eso lo hace tu gestor, no una web.

Lo único que puedes mover: las facturas

A esa cuota devengada se le restan dos cosas:
  • Las cuotas de IVA soportado en operaciones corrientes. El IVA de tus gastos del día a día: combustible, taller, neumáticos, seguro, la revista, el lavadero.
  • Un 1 % de la cuota devengada, en concepto de cuotas soportadas de difícil justificación. Ese te lo dan hecho, sin papel.
Lo que queda es la cuota derivada del régimen simplificado. Con un suelo: para el taxi, la cuota mínima es el 10 % de la cuota devengada. Si tus facturas fueran tantas que la cuenta bajara de ahí, pagas la mínima.

O sea que entre el suelo del 10 % y el techo de la cuota devengada hay un tramo, y ese tramo lo llenan tus facturas. Un ticket de repostaje sin factura no te resta nada, y eso se pierde sin que nadie avise.

Un ejemplo con números

Un titular que conduce él solo y hace 45.000 km al año:
ConceptoImporte
1 persona × 903,46 €903,46 €
45 × 1.000 km × 8,78 €395,10 €
Cuota devengada por operaciones corrientes1.298,56 €
− IVA de sus facturas del año− 900,00 €
− 1 % de difícil justificación− 12,99 €
Cuota derivada (la mínima serían 129,86 €)385,57 €
Ahora el mismo taxi, el mismo año y los mismos kilómetros, pero con la guantera hecha un desastre y solo 300 € de IVA justificado: la cuota derivada sube a 985,57 €.
Seiscientos euros de diferencia. Mismo trabajo, mismos kilómetros, misma recaudación. La única variable fue guardar los papeles.
Por eso qué gastos son deducibles en el taxi no es una curiosidad contable: es la única palanca que tienes.

Cuándo se paga, y el papel que no tienes que presentar

Todo va por el modelo 303, cuatro veces al año:
TrimestrePlazo de presentación
1TDel 1 al 20 de abril
2TDel 1 al 20 de julio
3TDel 1 al 20 de octubre
4TDel 1 al 30 de enero del año siguiente
Los tres primeros son un ingreso a cuenta calculado con los módulos que tenías a 1 de enero. El cuarto es el que cuadra el año: ahí entran los kilómetros de verdad y las facturas de verdad. Por eso el 4T sale distinto a los otros tres, y no es un error.

Y una que ahorra un susto: quien tributa exclusivamente en régimen simplificado y presenta por trimestres no tiene que presentar el modelo 390, el resumen anual. Esa información va dentro del 303 del cuarto trimestre.

Si el último día del plazo cae en sábado o festivo, se corre al siguiente hábil.

Si renunciaste a módulos, esto no va contigo

Todo lo de arriba vale mientras estés en estimación objetiva y régimen simplificado. Se puede renunciar, y hay quien lo hace.

Si renunciaste, estás en régimen general: entonces sí, el IVA sale de tus facturas emitidas menos las soportadas, y lo que recaudas manda. Es otra cuenta y otro papeleo — lo que cambia entre un camino y otro está en módulos o estimación directa en el taxi.

La renuncia no es un interruptor que se pulsa cuando conviene: se hace en plazo y ata durante un mínimo de años. Antes de mover nada, esa conversación es con tu gestor y con tus números del año delante.

Cómo lo lleva TAXIgest

Conviene decir primero lo que no hace: TAXIgest no presenta el 303 ni lo calcula por ti. Eso es de tu gestoría, y esta guía tampoco la sustituye.

Lo que sí resuelve son las dos entradas de la fórmula que dependen de ti y que casi nadie tiene a mano en enero:
  • Los kilómetros del año. Salen de los turnos, que ya llevan el km de inicio y el de fin. No hay que reconstruirlos de memoria ni del cuentakilómetros — y de paso son los mismos que dan el consumo real del coche.
  • El IVA soportado. Cada gasto se registra con su importe y su factura enganchada como foto, y la vista trimestral te dice cuánto IVA llevas justificado. Que es exactamente el número que decide si pagas 385 € o 985 €.
Lo demás —qué papeles hay que conservar y durante cuánto— está en los papeles que guarda un taxista en módulos.
Que en enero no falte ninguna factura

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto IVA paga un taxista en módulos?

Depende de dos módulos, no de la recaudación. Para 2026, 903,46 € anuales por persona empleada y 8,78 € por cada 1.000 kilómetros recorridos. A esa cuota devengada se le resta el IVA de las facturas y un 1 % de difícil justificación, con un suelo del 10 % de la cuota devengada.

¿El IVA del taxi depende de lo que recaude cada trimestre?

En régimen simplificado, no. La recaudación no entra en el cálculo: entran las personas empleadas y los kilómetros. Un trimestre flojo y uno bueno dan la misma cuota si los módulos no cambian. Si renunciaste al régimen simplificado y estás en el general, entonces sí manda lo facturado.

¿Un taxista en módulos tiene que presentar el modelo 390?

Quien tributa exclusivamente en régimen simplificado, presenta por trimestres y opera solo en territorio común está excluido de presentar el resumen anual. Esa información se incorpora al modelo 303 del cuarto trimestre. Confírmalo con tu gestor, porque basta tener otra actividad para que deje de aplicarse.

¿Puedo deducir el IVA del gasóleo, del taller y del seguro?

El IVA soportado en operaciones corrientes de la actividad se resta de la cuota devengada, y ahí entran los gastos habituales del taxi. La condición es tener la factura: un ticket sin factura no resta. Qué se admite en tu caso concreto es cosa de tu gestor.

¿Qué pasa si hago más kilómetros de los previstos?

Los tres primeros trimestres son un ingreso a cuenta calculado con los módulos de 1 de enero. El cuarto trimestre regulariza con los datos reales del año, así que los kilómetros de más se ajustan ahí. Por eso el 4T casi nunca se parece a los otros tres.
Fuentes oficiales
  1. Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2026 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (BOE) — consultado el 3 de septiembre de 2026
  2. Agencia Tributaria — Régimen simplificado: determinación del importe a ingresar o a devolver — consultado el 3 de septiembre de 2026
  3. Agencia Tributaria — Plazo de presentación del modelo 303 — consultado el 3 de septiembre de 2026
  4. Agencia Tributaria — Actividades incluidas en estimación objetiva y régimen especial simplificado del IVA (2026) — consultado el 3 de septiembre de 2026
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